Empresa Casa Grande S.A.A., aclara referente a declaraciones de Dirigentes Sindicales


1.- La Empresa ha sido clara en exponer ante el representante del Ministerio de Trabajo y Dirigentes Sindicales el cumplimiento estricto y correcto de:
Pagos por labores en Domingo y Feriados.

Se ha demostrado que todo trabajador que labore el mes completo tiene ganado su remuneraciĂłn mensual que corresponde a 30 Ăł 31 dĂ­as del mes. Adicionalmente en el concepto “trabajos en Domingos y Feriados” se consigna los dĂ­as u horas que ha laborado en esos dĂ­as, siendo  estos computados con la sobretasa del 100% como corresponde.

Con relaciĂłn a la solicitud de actualizar los Ex Bonos Alimenticios y regresar los conceptos remunerativos incorporados al Sueldo BĂĄsico este punto fue debidamente acordado entre el Sindicato y la Empresa mediante convenio colectivo del 2007.

Del mismo modo mediante convenio colectivo del 2009 la Empresa y el Sindicato pactaron el pago pendiente de los “dĂ­as 31”, el cual se puso en conocimiento de la autoridad de trabajo. Los importes adeudados por los dĂ­as 31 del 2007 al 2009 fueron debidamente cancelados a cada trabajador en su boleta de remuneraciones y los importes a futuro fueron incorporados al sueldo bĂĄsico, quedando solucionado definitivamente este tema.

2.- Respecto a los Bonos Corporativos, informamos que COAZUCAR ha realizado una emisiĂłn internacional de los valores denominados “Senior Notes due 2022” (“Bonos”), siendo COAZUCAR el emisor y deudor de dichos Bonos. Los tĂ©rminos y condiciones de dicha emisiĂłn, se encuentran disponibles al pĂșblico en general a travĂ©s del Prospecto Informativo que fue remitido a la Superintendencia de Mercados y Valores (publicado en su portal web). AsĂ­, en el referido Prospecto, se puede observar claramente cuĂĄl es la participaciĂłn de Casa Grande S.A.A. en la emisiĂłn de Bonos y a quĂ© se destinan los ingresos de los Bonos. Por ende, negamos toda imputaciĂłn del Sindicato en sentido contrario a lo informado en el Prospecto Informativo y asimismo reafirmamos que la emisiĂłn internacional de COAZUCAR se ha efectuado de conformidad y en cumplimiento de absolutamente todas las leyes nacionales e internacionales aplicables y, en consecuencia, es totalmente legĂ­tima y legal.

3.- Referente a su licencia sindical, esta no puede exceder de 30 días al año conforme a ley

4.- Referente a las resoluciones de la Gerencia Regional de Trabajo notificando a la empresa, se trata de resoluciones en primera instancia donde se le brinda oportunidad a la empresa para presentar sus descargos de ley de acuerdo a los procedimientos administrativos..

5. Con respecto al reclamo de los cañicultores por el bajo precio de la compra de caña, efectivamente desde aproximadamente 6 meses la excesiva importaciĂłn de azĂșcar a bajo pecio viene afectando no solo    a cañicultores, sino a los mismos productores de azĂșcar (ingenios y trabajadores). Para mayor ilustraciĂłn, si un abolsa de azĂșcar hasta hace un año costaba 119 soles, aproximadamente, en la actualidad el precio no supera los 80 soles, es decir 40 soles menos por bolsa. Como se darĂĄn cuenta no se puede pagar mĂĄs por el producto (caña) cuando el pecio del azĂșcar viene siendo mucho menor.

La Empresa continuarĂĄ con su polĂ­tica de dialogo y apertura permanente con las Dirigencias Sindicales, Delegados Seccionales y trabajadores en general, para absolver y resolver todas las consultas.

  Amparo Saldaña Acevedo
 Jefe de Imagen Institucional
      Casa Grande S.A.A.
Empresa Casa Grande S.A.A., aclara referente a declaraciones de Dirigentes Sindicales Empresa Casa Grande S.A.A., aclara referente a declaraciones de Dirigentes Sindicales Reviewed by Valle Chicama on enero 14, 2013 Rating: 5

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